El asunto es simple, el médico institucional, esto es, el funcionario público que pertenece de una institución del estado y presta servicios de atención profesional a la salud, es, por definición, un traidor de las prácticas más humanistas del arte y ciencia médica, traidor por necesidad y por obligación, no podría ser de otra manera, de lo contrario, tendría que renunciar a su cargo público.
Cada vez que un médico institucional ofrece un servicio de salud pública, de modo previo, el médico se encuentra sujeto a las regulaciones y restricciones de la institución a la que pertenece, y esto incluye, limitaciones en cuanto a insumos médicos y restricciones ante la libertad de prescripción médica. Por ejemplo, si un paciente con diagnóstico previo de Epoc (Enfermedad Pulmonar Obstructiva Crónica) acude con su médico en turno, pese a que la recomendación mundial para la atención correcta de esta enfermedad consiste en el uso de un micronebulizador casero y el uso de broncodilatadores selectivos y monitoreo radiográfico, las limitaciones de la institución obligarán al médico a utilizar los escasos recursos e insumos para atender el padecimiento del enfermo, aún cuando estos no sean los más recomendados, más aún, el médico tampoco podrá, en un acto de honestidad burocrática (si es que eso existe), prescribir los medicamentos y dispositivos médicos más eficientes para el enfermo aún cuando éste tenga que solventarlo por su cuenta, ya que este actuar sería en sí, una paradoja política para el Estado, ya que, como bien es sabido, el Estado tiene la obligación de ofrecer los servicios de salud a sus derechohabientes, y actuar de modo ético sería al mismo tiempo, cometer un atentado contra la institución de salud y el Estado.
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